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Ayuntamiento - Áreas municipales - Sanidad - Noticias

Noticias

d 03/12/2018
El Ayuntamiento recuerda los requisitos que han de cumplirse en las matanza domiciliarías.
En unas fechas en las que se concentra el mayor número de matanzas domiciliarias que se realizan a lo largo del año y teniendo en cuenta sus especiales peculiaridades, el Ayuntamiento informa de los requisitos que se han de cumplir en el sacrificio y matanza de los animales fuera de los mataderos están incluidos en el Reglamento (CE) 1099/2009, del Consejo de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.

Estos requisitos recogen, entre otras, la obligatoriedad de un aturdimiento previo al sacrificio y de no causar a los animales agitación, dolor o sufrimiento evitables durante las operaciones de traslado, conducción, estabulación, sujeción, aturdimiento, sacrificio y matanza.

Su incumplimiento se encuentra tipificado como infracción en el artículo 14 de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Dado que, tanto la sociedad como las Administraciones Públicas están mostrando cada día una mayor sensibilidad en relación al trato dispensado a los animales antes de su sacrificio, "se ruega que estas matanzas y especialmente las denominadas matanzas tradicionales realizadas con fines promocionales" cumplan con lo previsto en el citado Reglamento y en la Ley 7/2006, de 2 octubre 2006, que regula los Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León, en particular, con la obligación de aturdir previamente a los animales (aturdimiento y sacrificio que deberá producirse sin presencia de público).

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