Con el fin de garantizar la convivencia y la seguridad de todos y como dicta la Ordenanza
Cívica del Ayuntamiento de Benavente, en su art. 18.2: “la limpieza de fachadas, patios de
luces, patios de manzana, zonas comunes, solares y otros terrenos de propiedad
particular, corresponde a sus propietarios, estando estos obligados a mantener en
constante estado de limpieza las diferentes partes de los inmuebles que sean visibles
desde la vía pública, de tal manera que se consiga su adecuación estética y armonía
con el entorno urbano respectivo”.
Por ello, se ruega encarecidamente la colaboración de todos los propietarios de los solares,
para que cumplan esta obligación en el PLAZO MÁXIMO DE DOS MESES, a partir de la
fecha de publicación de este bando, se proceda a su desbroce y limpieza y a mantenerlos
en las debidas condiciones de seguridad y salubridad, evitándose a si la imposición de
las sanciones previstas en la Ordenanza Municipal.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto, el Ayuntamiento, en cumplimiento de la
legislación vigente, procederá a la ejecución subsidiaria de dichos trabajos cuyos costes
serán repercutidos a los propietarios de los inmuebles.