Información al ciudadano
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06/05/2019
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Aprobación inicial de la Modificación Puntual nº 15 del Plan General de Ordenación Urbana de Benavente (Zamora).
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El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 2 de abril de 2019, adoptó por dieciséis votos a favor de los dieciséis asistentes de los diecisiete que componen el citado órgano, el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente el expediente de la Modificación Puntual n.º 15 del PGOU con ordenación detallada y que consiste en la modificación del artículo 6.1.10 de las normas urbanísticas del PGOU de forma que propicie la conservación del patrimonio histórico arquitectónico con independencia de su destino para usos públicos dotacionales o cualquier otro uso permitido por el Planeamiento.
Segundo: Abrir un período de información pública por plazo de dos meses mediante anuncio en el B.O.C. y L., así como en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia y en la página WEB del Ayuntamiento. Durante dicho periodo quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes.
Tercero: Acordar la suspensión del otorgamiento de licencias de construcciones de nueva planta, ampliación, demolición y cambio de uso de construcciones e instalaciones, en los bienes afectados por la modificación, que no podrá tener una duración superior a dos años desde la aprobación inicial y que en todo caso se extinguirá con la aprobación definitiva del proyecto en cuestión y en las zonas y en las obras que se refiere el resumen ejecutivo.
Cuarto: Tomar conocimiento y mostrar conformidad al Texto Refundido de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Benavente y que incluye todas las modificaciones habidas en el PGOU, incluida esta última que se somete a aprobación inicial referida a la modificación del régimen de intervención en los edificios con grado de protección integral, y sin alterar la regulación material que de esa pluralidad de normas resulta. Una vez aprobada definitivamente la Modificación Puntual n.º 15 del PGOU, remitir el Texto Refundido elaborado por los servicios técnicos municipales a Comisión Territorial de Urbanismo de la Junta de Castilla y León para que proceda a su aprobación, al ser competencia autonómica la aprobación del citado texto Refundido.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 52.2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, para que, durante el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente anuncio pueda examinarse el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento y presentarse las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes.
La publicación del presente anuncio se efectuará en el B.O.C. y L. así como en uno de los diarios de mayor difusión y en la página web municipal (www.benavente.es).
Benavente, 9 de abril de 2019.
MODIFICACION Nº 15
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