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31/03/2020
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GARANTIZAR LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
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Es imprescindible que durante el Estado de Alarma no puedan interrumpirse los servicios de comunicaciones electrónicas.
En este sentido, se garantizará el mantenimiento de los servicios de comunicaciones electrónicas y la conectividad de banda ancha y la prestación del servicio universal de telecomunicaciones.
¿Habrá moratoria al respecto de este servicio?
No hay moratoria como tal pero los servicios de comunicaciones electrónicas están garantizados mientras esté en vigor el estado de alarma, por lo que en ese período no pueden interrumpirse por impago.
¿Se garantizan estas comunicaciones para toda la ciudadanía o, al igual que los suministros de luz, agua y gas, solo se aplica a familias o personas vulnerables?
Mientras esté en vigor el estado de alarma, los operadores de telecomunicaciones deben mantener los servicios de comunicaciones electrónicas contratados por todos sus clientes y no podrán suspenderlos o interrumpirlos, aunque conste dicha posibilidad en el contrato de servicios que se haya suscrito.
¿Si me acabo de mudar y había iniciado el trámite de instalación de Internet y telefonía en mi nuevo domicilio, con la crisis del COVID19 el procedimiento iniciado continúa o queda paralizado hasta nuevo aviso?
Durante el estado de alarma se suspenden las operaciones de potabilidad de numeración fija y móvil, no los nuevos contratos de servicios de comunicaciones electrónicas; para aclaraciones al respecto, se deberá consultar con la empresa proveedora del servicio
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