|
|
|
|
|
varios
-
Destacados
Destacados
|
20/06/2020
|
BANDO MUNICIPAL: MEDIDAS APLICABLES TRAS EL AVANCE A LA “NUEVA NORMALIDAD”
|
D. LUCIANO HUERGA VALBUENA, ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE, HAGO SABER:
El proceso de desescalada continúa, y a partir de mañana domingo 21 de junio se produce un cambio de etapa como consecuencia de la finalización del Estado de Alarma, razón por la cual la Junta de Castilla y León, en el ejercicio de sus competencias ha dictado y publicado en el BOCYL, en el día de hoy, el ACUERDO 29/2020, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.
Ante el paso de nuestra ciudad hacía la denominada como “nueva normalidad”, desde el Ayuntamiento se hace un nuevo llamamiento a la responsabilidad y sentido común de todas y todos los vecinos y visitantes porque de ello depende que no se puedan producir nuevos rebrotes del virus, así como seguir avanzando en la reactivación económica de nuestra ciudad: respetemos y no olvidemos las medidas de seguridad y las obligaciones generales que nos indican las autoridades sanitarias, entre las cuales deben destacarse las siguientes obligaciones y medidas de autoprotección:
1º.- Obligaciones de cautela y protección: Todos los ciudadanos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad de la COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Este deber de cautela y protección será igualmente exigible a los titulares de cualquier actividad. Asimismo, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19.
2º.- Distancia de seguridad interpersonal y utilización de mascarillas: Deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal establecida de, al menos, 1,5 metros y, si esto no resulta posible será obligatorio el uso de mascarilla según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.
Estas medidas se complementarán con la realización de la higiene de manos de forma correcta y frecuente, así como mantener la higiene respiratoria.
En atención al nuevo marco normativo establecido, a partir de mañana domingo 21 de junio de 2020, el Ayuntamiento de Benavente, HA ADOPTADO LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
SEDES Y SERVICIOS MUNICIPALES: ATENCIÓN AL PÚBLICO,
REGISTRO, TESORERÍA Y RECAUDACIÓN, SECRETARÍA MUNICIPAL Y URBANISMO:
En el Ayuntamiento de la Plaza del Grano continuarán prestándose los servicios de atención al público, registro, tesorería y recaudación, a los que se sumarán progresivamente en la atención presencial, otros servicios municipales tales como secretaría municipal, urbanismo, sanciones y disciplina urbanística.
Los sábados la sede de Plaza del Grano estará abierta para trámites de registro, información y atención ciudadana en horario de 10:00 a 14:00 horas.
Recordamos que la sede institucional de Plaza Mayor permanecerá cerrada y que los servicios de OMIC, Deportes, Medio Ambiente, Servicios Veterinarios, Cultura, Mercados y Juventud serán atendidos vía telefónica y/o telemática, hasta nuevo aviso, ya que como se ha informado en fechas pasadas, se está procediendo en estos momentos a la reestructuración, reubicación y traslado de servicios y personas adscritas a los mismos al Edificio Administrativo de El Ferial por razones de salud pública y prevención de riesgos laborales.
Siempre que sea posible y de manera preferente, se deben realizar los trámites telemáticamente o vía telefónica, a través de los instrumentos telemáticos y telefónicos (Sede Electrónica y del Registro Electrónico):
Sede electrónica: aytobenavente.org
Teléfono: 980630445
PARA EL CASO DE ATENCIÓN PRESENCIAL DE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS (A EXCEPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO, REGISTRO Y RECAUDACIÓN), SERÁ NECESARIO PEDIR CITA PREVIA PARA PODER SER ATENDIDO. La cita previa podrá solicitarse llamando al número 980630445 en horario de 09:00 horas a 14:00 horas a partir del próximo lunes día 22 de junio. Asimismo, se informa que se establecerán, si fuese necesario, los turnos imprescindibles para garantizar la prestación del servicio y las medidas de contención de salud pública que refuercen la seguridad de los empleados públicos y de los usuarios, incluyendo el uso de espacios alternativos que garanticen un desempeño más acorde con las medidas preventivas a implementar.
En todo caso el aforo máximo para la atención al público presencial será de una persona por servicio y el resto de ciudadanos deberá permanecer fuera de las dependencias municipales hasta que llegue su turno. El funcionario del servicio o agente de autoridad arbitrará esta espera.
El uso de mascarillas y la desinfección de manos con hidrogel será obligatorio para toda persona que acceda a dichas dependencias municipales.
Finalmente, se informa que está prevista la desescalada administrativa, reanudación y reincorporación presencial a los distintos servicios no señalados en este bando, así como la apertura de distintos edificios (incluidas los edificios de las asociaciones vecinales) a lo largo de los próximos días, en su mayoría previsiblemente a partir del día 1 de julio, tras el imprescindible estudio en detalle y adopción de las medidas municipales oportunas y necesarias, cuyas determinaciones y servicios afectados se harán públicos en los próximos días para general conocimiento, a fin de para garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene y salud pública dictadas por la Junta de Castilla y León en su ACUERDO 29/2020.
CEMENTERIO MUNICIPAL.
Desde el pasado lunes 25 de mayo de 2020, el cementerio municipal está abierto con el siguiente horario: Mañanas de 09:00 horas a 13:30 horas y Tardes de 16:00 horas a 19:00 horas.
Podrán realizarse visitas todos los días de la semana durante el horario establecido, siempre guardando las medidas y distancias de seguridad. En la celebración de sepelios, se permitirá el acceso limitado hasta un máximo de 75 personas, entre familiares y allegados, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
BIBLIOTECA PÚBLICA MUNICIPAL.
Desde el pasado lunes 25 de mayo de 2020 la biblioteca pública está abierta. En principio continuará el servicio limitado a las actividades de préstamo y devolución de obras, y bajo la modalidad de cita previa (para pedir cita llamar al 980632568).
La previsión es que en los próximos días la sede municipal de la biblioteca se abra al público en las debidas condiciones de seguridad y que por ende se amplíen los servicios prestados, algo sobre lo que se informará públicamente para general conocimiento.
Horario: Mañanas de 09:30 a 14:00 horas y Tardes de 17:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes. Sábados en horario de mañana: 09:30 a 14:00 horas.
El uso de mascarillas y la desinfección de manos con hidrogel será obligatorio para toda persona que acceda a dichas dependencias municipales.
MERCADOS DE LOS JUEVES.
1º.- Mercado de Fruta y Verdura: Se seguirá realizando con normalidad en la Plaza del Grano, Plaza Mayor y Calle La Encomienda aplicando una serie de limitaciones establecidas en el protocolo para la desescalada, y especialmente, primando la generación de espacios para el debido distanciamiento social entre personas y puestos.
Asimismo, se recuerda que la Calle Encomienda se cerrará al tráfico rodado durante la celebración de este mercado con el fin de garantizar la mayor seguridad al público en general y a los vecinos de la zona y quedará restringido el aparcamiento en parte de la Plaza del Grano y de la Calle Dr. Ledo del Pozo mediante la oportuna, previa y preceptiva señalización de la zona por la Policía Local.
2º.- Mercado de la Ropa: El Excmo. Ayuntamiento está en conversaciones con las asociaciones de comerciantes de comercio ambulante, con el objetivo de que el mercadillo semanal de la ropa pueda volver a celebrarse, con todas las garantías en cuanto a distanciamiento, circulación interior y aforo recogidas en el ACUERDO 29/2020, de 19 de junio, estando previsto que se reanude este próximo jueves día 25 de junio.
La confirmación de su realización será comunicada en los próximos días para general conocimiento de los vecinos y vecinas de Benavente y Comarca.
BARBACOAS, PARQUES INFANTILES Y BIOSALUDABLES, PISTAS
POLIDEPORTIVAS ABIERTAS EN LOS BARRIOS Y HUERTOS URBANOS:
Las barbacoas de la antigua estación del tren podrán ser utilizadas a partir de mañana domingo día 21 de junio.
Los parques infantiles, los parques biosaludables y las pistas polideportivas abiertas en los barrios se comenzarán a desprecintar por los servicios municipales a lo largo de la mañana del lunes día 22 de junio, previa realización de una revisión final de seguridad que incluirá las acciones necesarias de limpieza e higienización.
Los huertos urbanos se reabrirán a lo largo de la próxima semana (del 22 al 28 de junio), una vez se hayan establecido las normas necesarias para garantizar la seguridad de todos los adjudicatarios, y su apertura se comunicará en debida forma.
Se recomienda a toda la ciudadanía que extreme las medidas de precaución durante el uso de estas instalaciones citadas, evitando aglomeraciones, utilizando las mascarillas y manteniendo la distancia de seguridad.
OTROS CAMBIOS A TENER EN CUENTA: Para conocimiento general, se recuerdan algunas de las principales actividades que podrán llevarse a cabo en esta nueva fase, bajo las restricciones marcadas por la Junta de Castilla y León.
1º.- Velatorios y entierros:
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Se establece un aforo máximo del 75% en estos establecimientos.
Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones y, en caso de no poder garantizar esta distancia, se utilizará mascarilla.
La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de 75 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto. En cuanto a la asistencia a los funerales religiosos, se estará en lo establecido en el siguiente apartado.
2º.- Lugares de Culto:
Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo y se respeten las medidas de seguridad e higiene. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.
La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
Podrán celebrarse ceremonias nupciales y otras similares de carácter social como, por ejemplo, bautizos, comuniones, etc., siempre y cuando no superen el 75% del aforo del lugar donde se vaya a celebrar, y en todo caso, un máximo de 250 personas en espacios al aire libre o de 150 personas en espacios cerrados.
Se podrán visitar los lugares de cultos, siempre que se respeten las medidas de distanciamiento personal, y no se rebase un 75% del aforo habitual.
3º.- Establecimientos de hostelería y restauración:
1.El aforo para consumo en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración no podrá superar el 75%.
2.El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal, 1,5 metros, entre clientes o grupos de clientes situados en la barra o entre mesas o agrupaciones de mesas.
3.Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración limitarán su aforo al 80% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso de que la licencia sea concedida por primera vez.
4.En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre las mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.
El Ayuntamiento de Benavente está abierto a la posibilidad de ampliar el espacio destinado a las terrazas al objeto de lo dispuesto en este apartado, siempre garantizando la circulación peatonal y las medidas de seguridad necesarias, adoptando en su caso las medidas temporales de movilidad oportunas como el cierre al tráfico rodado de calles y plazas.
Los interesados en solicitar dicho aumento del espacio de terraza, deberán ponerse en contacto con el servicio de urbanismo del Ayuntamiento de Benavente (Teléfono de contacto 980630445) al objeto de que por parte de los técnicos municipales se analice su viabilidad (Será necesario redactar y adjuntar croquis o plano de la terraza propuesta y breve descripción de las necesidades y remitirlo a una dirección de correo electrónico facilitada por el técnico municipal correspondiente).
4º.- Discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno:
1. Podrá procederse a la reapertura al público de locales de discoteca y salas de
fiesta para consumo en el interior del local, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:
a)No podrá superarse un tercio del aforo.
b)El consumo dentro del local podrá realizarse en barra y en mesa o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes de mesas o agrupaciones de mesas.
c)Cuando existiera en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.
d)El funcionamiento de emisores acústicos, en su caso, deberá estar limitado a un volumen que permita la conversación a distancia interpersonal de 1,5 metros sin necesidad de elevar la voz.
e)Deberá procurarse en todo caso el mantenimiento de la distancia interpersonal de 1,5 metros, en particular evitando aglomeraciones de personas que comprometan el cumplimiento de la misma, en la entrada o salida del local, o dentro del mismo.
f)Deberá procederse a la ventilación del local de forma completa al inicio y final de cada sesión de su actividad.
g)En todo caso podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, si las hubiera, en las mismas condiciones que el resto de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración.
2. En el resto de los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento a los que se refiere el apartado B.5 del Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, como pubs, karaokes, bares especiales y otros, se aplicarán las normas de los apartados b) a g), y no podrá superarse en ellos el 75% de su aforo.
El Ayuntamiento de Benavente está abierto a la posibilidad de ampliar el espacio destinado a las terrazas al objeto de lo dispuesto en este apartado, siempre garantizando la circulación peatonal y las medidas de seguridad necesarias, adoptando en su caso las medidas temporales de movilidad oportunas como el cierre al tráfico rodado de calles y plazas.
Los interesados en solicitar dicho aumento del espacio de terraza, deberán ponerse en contacto con el servicio de urbanismo del Ayuntamiento de Benavente (Teléfono de contacto 980630445) al objeto de que por parte de los técnicos municipales se analice su viabilidad (Será necesario redactar y adjuntar croquis o plano de la terraza propuesta y breve descripción de las necesidades y remitirlo a una dirección de correo electrónico facilitada por el técnico municipal correspondiente).
5º.- Comercios:
1.Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales no podrán superar el 75% de su aforo total. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
Deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal en los locales y establecimientos o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
2.En la atención al público, se procurará dar un servicio preferente a los mayores de 65 años.
6º.- Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas:
1.Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala.
2.En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior, podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 500 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas tratándose de actividades al aire libre.
7º.- Deporte:
Las pistas de TÉNIS y PÁDEL se encuentra abiertas desde el pasado lunes 1 de junio, y podrán ser utilizadas, a través de petición de cita previa en el teléfono 608 911 724.
Las pistas de atletismo se abrirán a partir del lunes día 22, estando vigentes las restricciones propias de la actividad físico-deportiva.
Las piscinas municipales se abrirán al uso público a partir del martes día 23 de junio, inicialmente, se establecerá el límite del 50 % de su capacidad de aforo, tanto en lo relativo al acceso como durante la propia práctica deportiva o recreativa. Dicho límite inicial de aforo se podrá incrementar hasta llegar al 75 % en las próximas semanas, siempre que se puedan garantizar las máximas condiciones de higiene, seguridad y salud pública.
En cuanto al resto de instalaciones deportivas no detalladas en este bando se irá procediendo a su reapertura para uso de sus usuarios tras el imprescindible estudio en detalle y adopción de las medidas municipales oportunas y necesarias, a fin de para garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene y salud pública dictadas por la Junta de Castilla y León en su ACUERDO 29/2020. Dichas decisiones y medidas se harán públicas en los próximos días para general conocimiento.
8º.- Otras Disposiciones:
Todas las disposiciones recogidas en el presente Bando serán de aplicación desde las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, quedando derogados todos aquellos bandos anteriores que se contradigan con el presente, por referirse a otros momentos anteriores del Estado de Alarma.
Asimismo, se indica que la regulación pormenorizada sobre asuntos generales o genéricos relacionados con medidas de prevención y control se encuentra regulada en el ACUERDO 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León, que ha sido publicado en el día de hoy en el BOCYL.
Finalmente, desde el Ayuntamiento queremos hacer una nueva llamada a la responsabilidad de todos y todas para evitar contagios y posibles rebrotes, ya que el virus continúa activo, por ello pedimos a la población que sigamos practicando las medidas fundamentales de higiene, lavado frecuente de manos, aislamiento, distancias personales y sociales, etc., pues siguen siendo imprescindibles para preservar del contagio a las personas. No podemos olvidarlo, sigue en juego la salud y la vida de muchas personas.
Estas medidas se hacen públicas para general conocimiento y efectos.
EL ALCALDE.- Luciano Huerga Valbuena.
|
BANDO - ver fichero
|
|
|
|
Agenda |
Noviembre 24 |
|
L |
M |
M |
J |
V |
S |
D |
28
|
29
|
30
|
31
|
1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
6
|
7
|
8
|
9
|
10
|
11
|
12
|
13
|
14
|
15
|
16
|
17
|
18
|
19
|
20
|
21
|
22
|
23
|
24
|
25
|
26
|
27
|
28
|
29
|
30
|
1
|
|
|
|
|
|