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EL GOBIERNO ELIMINA LAS LIMITACIONES A LA PORTABILIDAD DEL NÚMERO TELEFÓNICO POR CAMBIO DE OPERADOR DE TELEFONÍA
Las limitaciones establecidas al inicio del estado de alarma tenían como objetivo restringir los desplazamientos físicos de usuarios y técnicos de las empresas de telecomunicaciones y así poder reducir los riesgos de transmisión del Covid-19.
El Consejo de Ministros, el 26 de mayo, aprobó la eliminación de los límites de portabilidad que se habían establecido con fecha 17 de marzo, reactivando el mercado de telecomunicaciones y permitiendo la capacidad de elección de los usuarios para poder mejorar sus necesidades.
Solamente permanecerá la obligación extraordinaria de los operadores de no interrumpir las comunicaciones electrónicas, al tratarse de servicios esenciales, hasta que se dé por finalizado el estado de alarma, incluso en el caso de abonados que no hubieran procedido al pago.
Las medidas aprobadas incluyen un procedimiento que facilita a los abonados a satisfacer facturas pendientes de un modo flexible.
Los operadores estarán obligados a ofrecer un fraccionamiento y aplazamiento de la deuda en ala que hayan podido incurrir sus abonados desde la fecha de inicio del estado de alarma y hasta el 30 de junio de 2020. El plazo para realizar los pagos fraccionados será de 6 meses, salvo que el abonado haya acordado libremente con el operador un plazo diferente.
No se podrán devengar intereses de demora ni se exigirán garantías para el fraccionamiento y aplazamiento.
FUENTE: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.