Aprobada inicialmente, por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 12 de
mayo de 2025, la modificación de la ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE
ALCANTARILLADO, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública por plazo de
treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinada por cualquier interesado en las
dependencias municipales de la Secretaría para que se formulen las alegaciones que se
estimen pertinentes.
Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza fiscal estará a disposición de
los interesados en el portal web del Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá
definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin
necesidad de acuerdo expreso.