Aprobada inicialmente, por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2025, la modificación de la ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE DEPURACIÓN DE AGUA, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública por plazo de
treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinada por cualquier interesado en las dependencias municipales de la Secretaría para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza fiscal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.