El Alcalde del Ayuntamiento de Benavente HACE SABER:
- Que ante las numerosas quejas vecinales que se tramitan durante el año con motivo del abandono, suciedad y abundancia de maleza que presentan muchos inmuebles en este municipio, lo cual lleva consigo la aparición de focos de insalubridad y el riesgo de incendios.
- Que, tal y como regula la Ordenanza Cívica del Ayuntamiento de Benavente, en su art. 18.2: “la limpieza de fachadas, patios de luces, patios de manzana, zonas comunes, solares y otros terrenos de propiedad particular, corresponde a sus propietarios, estando estos obligados a mantener en constante estado de limpieza las diferentes partes de los inmuebles que sean visibles desde la vía pública, de tal manera que se consiga su adecuación estética y armonía con el entorno urbano respectivo”.
Se informa a los propietarios que, de no proceder a la limpieza y desbroce de los mismos en el plazo de 2 meses desde la publicación de este bando, el Ayuntamiento en cumplimiento de la legislación vigente, procederá a la ejecución subsidiaria de dichos trabajos cuyos costes serán repercutidos a los propietarios de los inmuebles.
Así como la imposición de la sanción correspondiente por el incumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza.
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