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29/09/2022
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Publicada la convocatoria para otorgar autorizaciones de dominio público de los huertos urbanos del Ayuntamiento de Benavente.
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El Ayuntamiento de Benavente informa desde su Concejalía de Medio Ambiente que por Decreto de Alcaldía de fecha 26 de septiembre de 2022, se aprobaron las Bases de la convocatoria para otorgar autorizaciones de dominio público de ocho huertos urbanos del Ayuntamiento de Benavente.
Esta convocatoria tiene por objeto regular, para el tiempo restante de la campaña bianual 2022-2023, el proceso de adjudicación de ocho huertos urbanos sobrantes de la anterior convocatoria, que el Ayuntamiento de Benavente tiene habilitados en la parcela municipal con referencia catastral 9040039TM7594S0001XA, situada en la CL San Cristóbal de Entreviñas 2, del municipio de Benavente.
La presente convocatoria se realiza en base a la Ordenanza reguladora del procedimiento para otorgar autorizaciones de dominio público y del régimen jurídico de los huertos urbanos del Ayuntamiento de Benavente, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora nº 137, el 1 de diciembre de 2017.
El contenido íntegro de las bases estará a disposición de los interesados en la página WEB del Ayuntamiento de Benavente: www.benavente.es, publicándose a continuación un extracto de las mismas:
PRIMERA: Número de huertos disponibles, emplazamiento y características de los mismos:
Los huertos habilitados en la parcela municipal situada en la CL San Cristóbal de Entreviñas 2, son un total de ocho huertos, con una superficie de 38 m² cada uno de ellos.
Los huertos se encuentran convenientemente separados unos de otros mediante limitadores.
Se ha habilitado una zona para aperos, destinada al almacenaje de los utensilios y materiales de cada adjudicatario, así como. zonas comunes dotadas de algunos elementos de urbanización, destinadas tanto a la convivencia, como a proporcionar los medios necesarios para el desarrollo de la actividad que nos ocupa y fomentar las buenas prácticas entre los usuarios. En estas zonas se ubica la zona de uso general para el complejo, la red de riego y una zona habilitada para el compostaje y los residuos generados.
SEGUNDA: Requisitos de los solicitantes:
La autorización del uso de huertos urbanos va dirigida a la población en general, pero atendiendo al carácter social de los mismos, se pretende dar preferencia a las personas jubiladas, a parados de larga duración y a asociaciones sociales del municipio, a la hora de asignar los huertos disponibles.
Conforme al artículo 7 de la Ordenanza Reguladora, 4 de los huertos ofertados serán de asignación prioritaria para personas jubiladas, 2 de los huertos ofertados será de asignación prioritaria para parados de larga duración y 1 de los huertos ofertados serán de asignación prioritaria para aquellas asociaciones sociales del municipio que así lo soliciten.
El huerto restante se destinará a la población general, así como todos aquellos huertos que no se hubieran adjudicado a ninguno de los colectivos anteriores.
Para formular solicitudes para optar a ser titulares de la autorización de dominio público, las personas físicas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Estar empadronado en Benavente con al menos un año de antigüedad.
2. Ser mayor de edad.
3. Tener plena capacidad jurídica y de obrar.
4. Encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Benavente.
5. No haber sido sancionado por razón de la posesión anterior de huertos urbanos y no haber sido privado de la parcela de la que fuera adjudicatario.
6. No haber sido el solicitante, el cónyuge, persona vinculada por análoga relación o los hijos que convivan en el mismo domicilio beneficiarios de la adjudicación de un huerto urbano en convocatoria inmediatamente anterior, salvo que hubiera habido insuficiencia de solicitudes en ésta.
7. En el caso de pertenecer a alguno de los colectivos para los que está prevista una Asignación Prioritaria (Jubilados o parados de larga duración) se deberá acreditar esta condición con la documentación correspondiente.
En el caso de las Asociaciones, al estar consideradas como personas jurídicas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Detallar en sus correspondientes estatutos que persiguen fines sociales.
2.- Figurar como Asociación con fines sociales dentro del registro municipal de asociaciones de Benavente.
TERCERA: Procedimiento de Solicitud:
Los interesados deberán presentar su solicitud, conforme al modelo que se acompaña como Anexo 1, por escrito en el Registro General del Ayuntamiento de Benavente, a través de instancia, adjuntando la documentación exigida en la presente convocatoria, o bien, de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cada interesado únicamente podrá presentar una solicitud en esta convocatoria. Si un mismo interesado presentara más de una solicitud de participación sólo será válida la que haya presentado en primer lugar. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
Tampoco serán admitidas las solicitudes cuyos interesados sean cónyuges entre sí, o mantengan análoga relación de convivencia o hijos que convivan en el mismo domicilio. Si la solicitud presentada contuviera defectos subsanables se concederá a la persona interesada un plazo de diez días hábiles para que la subsane, o acompañe los documentos exigidos en la convocatoria. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no se admitirá la solicitud reflejándose así en la lista de excluidos.
Por resolución de la alcaldía se aprobará la lista de solicitantes admitidos y excluidos, la cual se publicará en el tablón municipal de anuncios y en la página web oficial del Ayuntamiento (www.benavente.es).
CUARTA: Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) y en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la web municipal: (www.benavente.es).
QUINTA: Procedimiento de otorgamiento de autorizaciones:
El procedimiento se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 de la Ordenanza Reguladora.
SEXTA: Plazo de duración de las autorizaciones:
La autorización de dominio público para el uso especial de estos 6 huertos urbanos tendrá como duración el previsto para la primera adjudicación de los huertos, que contempla el bienio 2022-2023. Esta autorización, al igual que las actualmente otorgadas, será prorrogable anualmente hasta los 4 años. Tanto el contenido íntegro de las bases, como los modelos de Solicitud de los Huertos Urbanos, estarán a disposición de los interesados en la página WEB del Ayuntamiento de Benavente: www.benavente.es y en la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Benavente.
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CONVOCATORIA - ver fichero ANEXO I personas físicas - ver fichero ANEXO I asociaciones - ver fichero ANEXO II declaración responsable - ver fichero
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