El Ayuntamiento de Benavente informa, desde la Concejalía de Medio Ambiente, del número de expedientes sancionadores tramitados durante el año 2020 con relación a los solares y órdenes de ejecución en solares e inmuebles por incumplimiento de condiciones de seguridad y salubridad. El pasado año se tramitaron un total de 41 expedientes sancionadores, 27 de ellos en aplicación al Bando de Solares, de los que 25 resultaron sancionados, permaneciendo dos aún en tramitación.
Así mismo se tramitaron otros 14 expedientes de orden de ejecución relativos a solares por incumplimiento de las condiciones de seguridad y salubridad o mal estado. De estos, siete han cumplido con el requerimiento y dos están en tramitación. Las cifras globales anuales son similares al año anterior en que aproximadamente unos 40 propietarios de solares también dieron cumplimiento a las premisas municipales. Aunque aún queda margen para mejorar, la Concejalía de Medio Ambiente considera que la labor de concienciación realizada durante los últimos años (así como la base de datos confeccionada en 2016) va surtiendo efectos positivos, pues ha ido decreciendo el número de órdenes de ejecución y de sanciones por incumplimiento del bando de solares.
La concejalía de Medio Ambiente recuerda que son reiteradas las quejas de vecinos de Benavente respecto al estado de conservación y mantenimiento de varios solares dentro del casco urbano, tanto vallados como sin vallar, que, debido a la proliferación de vegetación, depósito de basuras etc, su falta de diligencia y atención hacen que sean verdaderos focos donde anidan roedores y otras especies. Otro tanto ocurre con algunos inmuebles de la ciudad.
Por tal motivo, se informa a los propietarios de bienes inmuebles que el Ayuntamiento de Benavente, en aplicación del artículo 8 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León que señala como obligación del propietario de los terrenos e inmuebles urbanos, entre otras, la de mantenerlos en condiciones de salubridad, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dicha condición, comunicará a los titulares de las edificaciones afectadas, la obligación de adoptar las medidas correctoras necesarias para proceder a limpiar y mantener dichos inmuebles en adecuadas condiciones de salubridad.
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